La audiencia fue celebrada hacia las 10:53 A.M y finalizó hacia las 12 del dia. Desde el inicio de la audiencia, el ente acusador manifiesta variar la solicitud toda vez que se pudo determinar que el arma de fuego tipo revolver no se encuentra apta para disparar. Ahora bien, con relación al arma de fuego tipo escopeta calibre 20 LA FISCALÍA indica que se le efectuó el informe de balística el cual determinó que la longitud del cañón es de 71 cm, teniendo en cuenta que, aunque si es apta para disparar, solo lo es por un solo cañón, y dadas las características de esta arma de fuego se determina por la norma que es un arma deportiva.
En base a lo anterior y bajo esos parámetros, la Fiscalía retira la legalización de captura, formulación de imputación y medida de aseguramiento, así mismo solicita se decrete la libertad inmediata del encartado. Por tal Razón, el el Juez de control de garantias ORDENÓ LA LIBERTAD INMEDIATA del señor JOSE REINEL OCAMPO CASTRO y da por finalizado su proceso.
FUENTE: REDACCIÓN JUDICIAL.