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#OJOALDATO – ALCALDIA DE CIÉNAGA PROHÍBE LOS «TURBOS/PICKUPS» POR 2 AÑOS

¡A PONER EL ORDEN EN LA CASA! LA ADMINISTRACION MUNICIPAL EMITE DECRETO No. 365 DE 2025, DANDO CUMPLIMIENTO A LA «LEY ANTIRUIDO» SANCIONADA POR EL GOBIERNO NACIONAL.

¡Mucha atención! La Administración Municipal informa que, mediante el Decreto N.º 365 de 2025, queda prohibido el uso de altoparlantes (turbos/pickups) en espacios residenciales, públicos y terrazas al aire libre en el municipio de Ciénaga, desde el 6 de junio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027.
La Medida que aplicará para eventos públicos o privados, establecimientos comerciales y actividades que alteren la tranquilidad ciudadana.
Se exceptúan:
• Eventos autorizados por la Secretaría de Gobierno.
• Equipos usados para emergencias, campañas de salud o prevención.
• Actividades culturales, religiosas o políticas que cuenten con permiso formal.
ARTÍCULO QUINTO: SANCIONES. Las infracciones a lo dispuesto en el presente Decreto darán lugar a la aplicación de las sanciones consagradas en las normas que regulan la materia, especialmente lo dispuesto en los artículos 33 numeral 1 literal a, artículo 35 numerales 1 y 2, articulo 93 numeral 3 y artículo 140 numerales 4 y 7 de la ley 1801 de 2016, las cuales darán lugar a la suspensión temporal de la actividad.
PARÁGRAFO 1: Los equipos altoparlantes (Turbos/Pick up) o cualquier otro artefacto de amplificación sonora que contraríen lo dispuesto en el presente Decreto, serán objeto de incautación por parte de la Policía Nacional acantonada en el municipio y serán puestos a disposición de la Inspección Única de Policía del municipio de Ciénaga – reza el decreto.
Consulta el decreto completo aquí:

FUENTE: JEFATURA DE COMUNICACIONES 

ALCALDIA MUNICIPAL DE CIENAGA

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