Teniendo en cuenta las disposiciones del decreto 123 del 22 de marzo de 2020 , donde se limita la asistencia de personas para compra de víveres a establecimientos comerciales como graneros, tiendas de cadena y Supermercados del Municipio de Ciénaga según el siguiente pico y placa teniendo en cuenta el último dígito de la cédula de cada ciudadano o ciudadana:
Un ejemplo: si su cédula termina en 1 y 2, los días autorizados para abastecerse son los siguientes: lunes en horario matutino, miércoles, horario vespertino y sábado en horario matutino. junto con las cédulas terminadas en 3.
Si su cédula termina en 3 y 4, se abastece el dia lunes en horario vespertino, jueves en horario matutino, y los sábados en horario matutino solo los terminados en 3, y los terminados en 4 el dia sabado en horario vespertino.
Los terminados en 5 y 6 , mercarán los días martes en horario matutino, jueves en horario vespertino, y el domingo en horario matutino solo los terminados en 6. y el sábado en la tarde los terminados en 5.
los terminados en 7 / 8, mercarán los martes en horario vespertino, los viernes en horario matutino, y domingo en horario matutino junto con las cédulas terminadas en 6.
los terminados en 9 y 0, se abastecerán los miércoles en horario matutino, los viernes en horario vespertino y los domingos en horario matutino.
FUENTE: MERLYS BELTRAN
JEFE DE PRENSA Y COMUNICACIONES DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL.